Porque la Procuración de la Nación le recomendó a la Corte autorizar su instalación en esa jurisdicción, tras haber fracasado en todas las instancias de la Justicia bonaerense. Farmacity tienen 241 locales en todo el país ya hasta ahora dificultades para funcionar en Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos y Tucumán.
La Procuración General de la Nación, con la firma de Laura Monti, dictaminó a favor de la red Farmacity Sociedad Anónima en su reclamo para instalarse y operar en la provincia de Buenos Aires. La autorización para funcionar en jurisdicción bonaerense le había sido denegada en varias instancias, hasta llegar a la Corte Suprema provincial. La ley provincial prohíbe expresamente a sociedades anónimas, con fines de lucro, ser titular de un servicio que forma parte de las obligaciones atinentes al derecho a la salud. Sin embargo, la Procuración se pronunció en contra de esa norma y le reconoce a Farmacity el derecho a operar en jurisdicción bonaerense. Ahora será la Corte Suprema de la Nación la que deberá pronunciarse. Carlos Rosenkratz, el último ministro en integrarse a la Corte, estuvo vinculado a Farmacity como abogado patrocinante antes de asumir y anticipó que se iba a excusar en esta causa, al igual que Horacio Rosatti.
Mario Quintana, vicejefe de Gabinete, fundador de Farmacity y uno de sus propietarios a través del fondo de inversión Pegasus, anunció esta misma semana, tras casi dos años y medio en el gobierno: “Estoy en proceso de venta de mi participación en todo negocio que tenía antes, ya salí de casi todos, y espero antes de fin de año haber salido de Farmacity”. Un conflicto con aroma a final cantado, consigna este viernes el diario Página 12.
La provincia de Buenos Aires le había denegado “una solicitud genérica para operar dentro del ámbito provincial” y “el pedido de habilitación para poner en funcionamiento una farmacia en la localidad bonaerense de Pilar”. El artículo 14 de la ley provincial 10.606, al enumerar las personas que pueden ser autorizadas a instalar farmacias, “no incluye a las sociedades anónimas”, se señaló al fundamentar el rechazo a la solicitud. El fallo de primera instancia de la justicia provincial rechazó la demanda de Farmacity contra la Provincia de Buenos Aires, tras citar como tercero al Colegio de Farmacéuticos bonaerense. La ley 10.606, “en tanto limita los posibles propietarios de farmacias, tiene por objeto asegurar la preeminencia del derecho de la salud por sobre cualquier ánimo de especulación y lucro”, opinó el referido colegio profesional en esa oportunidad.
Farmacity, invocando una ley de desregulación nacional del año 1991, rechazaba por “inconstitucional” la ley provincial 10.606. “La limitación prevista en el artículo 14 de la ley encuentra basamento en el carácter de servicio público impropio que posee la actividad farmacéutica”, sostuvo la jueza interviniente en primera instancia. “En virtud de tal circunstancia, la provincia, en el ejercicio del poder de policía sanitario que no ha sido delegado al gobierno nacional, posee atribuciones para regular y controlar dicha actividad”, agregó.