Los contrastes dirían algunos, las sinrazones del subdesarrollo otros. Para proteger la propiedad privado de semovientes equinos los bonaerenses poco menos que digitalizarían a Gato y Mancha; a Botafogo, Yatasto y Pampero; a El Victoria, el preferido de Juan Manuel de Rosas y bautizado así en homenaje a la reina Victoria de Inglaterra (¡glup!); a la yegua Mentirosa, del jockey Leguisamo y a Pampero, el del legendario Patoruzú, que relinchaba en la estación Retiro. Y si de recuerdos andamos como olvidar a Esteban Serventi, más conocido por Don Gregorio, quien fue el entrenador de Tornado, la fiel montura de El Zorro en la TV y el cine. Pero para los humanos mucho menos: “74 municipios bonaerenses tienen basurales a cielo abierto. Esos basurales se encuentran en promedio a unos 2 kilómetros de la zona urbana más próxima, a 3 kilómetros de la escuela más cercana y a 4 kilómetros del palacio municipal de las localidades donde están ubicados”.
Ambas informaciones las consigna por separado el sitio InfoGEI. Respecto de la basura entre nosotros, para que vivamos como el diablo manda, “el informe de la Defensoría del Pueblo revela que el 25% de las familias del Gran Buenos Aires vive cerca de un basural y que existen algunos a cielo abierto con superficies similares a dos estadios de River. El trabajo en donde se analizó la situación de los distritos en donde no funciona el Ceamse reveló que estos predios ocupan superficies de una media de 90.000 metros cuadrados cada uno. En 7 de cada 10 basurales a cielo abierto se producen quemas. El 25% de las familias del Gran Buenos Aires vive cerca de un basural, lo que genera que dos millones y medio de personas tengan que convivir con la acumulación de residuos cerca de su hogar. Este informe señala que una da cada cuatro familias sufre una problemática que tiene incidencia directa en la salud de la gente y puede perjudicar el desarrollo de los niños. La situación se agravó en un 2 por ciento y la situación se vuelve más grave a medida que baja la condición residencial, con lo que se agrega una nueva dificultad al segmento de la sociedad que más complicaciones tiene”.
Aparte, ese mismo medio digital consigna que “en territorio bonaerense los caballos deberán llevar su documento de identidad en un microchip. En diciembre de 2006, la Legislatura provincial sancionó la ley 13.627, que estableció en el territorio bonaerense el Documento Único Equino (DUE), para la identificación individual y tránsito de los animales equinos. La normativa provincial dictamina que aquel que sea propietario de un caballo deberá adquirir el microchips de identificación animal. El Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires publicó las resoluciones del ministerio de Agroindustria bonaerense que establece que la Subsecretaria de Calidad Agroalimentaria y Uso Agropecuario de los Recursos Naturales implementará el Registro Provincial de Identificación Equina; el Registro de Proveedores de Dispositivos de Identificación Animal; el Registro de Médicos Veterinarios Privados y/u Oficiales habilitados; y el Registro de personal de Oficinas de Guías Municipales autorizados y habilitados a operar el sistema informático D.U.E. El artículo 2 de la mencionada normativa, promulgada en enero de 2007 establece: “El DUE constituirá un sistema de identificación, de control sanitario y de contralor”. En igual sentido, el decreto reglamentario 1734/11 definió que el Documento Único de Equinos deberá contar con un Código del transpondedor (microchip), el que debe adquirirse a empresas registradas ante el Registro de Proveedores de Dispositivos. En las últimas horas, el ministerio de Agroindustria publicó las resoluciones inherentes al procedimiento de identificación equina. En uno de los articulados establece: “Aprobar el procedimiento de implementación, los requisitos de presentación y demás formalidades que deberán observarse en la aplicación del microchip, la tramitación y obtención del Documento Equino y la inscripción de la información a la base de datos, para la Identificación Individual y Registro de la Especie Equina”.
La normativa provincial dictamina que aquel que sea propietario de un caballo deberá adquirir el microchips de identificación animal que provean las empresas registradas en el ministerio de Agroindustria de la Provincia y solicitarle a un veterinario privado, perteneciente al Registro Oficial del ministerio de Agroindustria para DUE, que realice el proceso de identificación oficial establecido.
La resolución del Ministerio exige que el veterinario deberá constatar que los microchips que se utilizarán corresponden a los provistos por las empresas registradas y autorizadas para tal fin, al tiempo que lo insta a examinar la integridad anatómica antes de realizar el proceso de identificación.
“Todo acto sobre equinos identificados con el DUE que signifique transmisión de propiedad, deberá documentarse a los fines administrativos mediante el certificado de adquisición que confeccionará la oficina de Guías Municipal, con la firma del funcionario a cargo, que además certificará la firma del transmitente en el DUE y colocará los datos del nuevo propietario”, reza el artículo 6 de la ley 13.627, tal cual destaca InfoGEI.