Se trata de una medida que beneficia a las entidades financieras en detrimento de los trabajadores. A partir de ahora, podrán quedarse con los depósitos que excedan los tres salarios mínimos para cobrar deudas.
El nuevo decreto de necesidad y urgencia (DNU) de Mauricio Macri habilita embargos directos sobre las cuentas sueldo, algo que hasta ahora estaba prohibido con el objetivo de proteger los ingresos de los trabajadores.
Si bien el Banco Central difundió presuntos beneficios de la medida, como «aumentar la calidad crediticia» de los titulares de cuentas sueldo, desde la Asociación de Abogados Laboralistas advirtieron que el beneficio es para los bancos y financieras.
“El salario no era inembargable. Una parte podía ser usada para que los bancos y las financieras se cobren las deudas. Pero lo que si era inembargable era la cuenta sueldo. Con la nueva medida entran a jugar los bancos y todo el sistema financiero de préstamo”, dijo Matías Cremonte, titular de la Asociación de Abogados Laboralistas, al diario Página/12.
Lo que podía embargarse hasta ahora era el 20 por ciento del salario (sin depositarse), sobre el monto excedente de los dos salarios mínimos. El salario mínimo es de 9500 pesos, por lo cual una financiera podía acordar con un empleador que retenga antes del giro a la cuenta 20 de cada 100 pesos cobrados por encima de los 19.000 pesos. Con la reforma, el ingreso mínimo inembargable pasará a ser de 28.500 pesos, pero las entidades financieras tendrán la posibilidad de embargar tanto del salario como de la cuenta sueldo todo el excedente.
A partir del mega DNU de Macri “se podrán retirar cifras mucho mayores a las del 20 por ciento de un salario desde las cuentas sueldo, en el caso que el asalariado tenga dinero guardado por algún motivo en esa cuenta”.
El titular de la entidad que agrupa a los abogados laboralistas planteó además que cambiar la inembargabilidad de las cuentas sueldos es una iniciativa que afecta en forma directa al trabajador pero no fue la única. “Hubo otras medidas raras que tienen un impacto indirecto para el asalariado como los cambios en la forma de invertir del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la Anses”, afirmó.
La normativa habilitó al FGS a crear fideicomisos y “a realizar toda otra operación propia de los mercados financieros y bursátiles permitidas por las autoridades regulatorias”. Entre las prioridades de la Anses está la creación de instrumentos que “faciliten” la administración de los 5000 millones de pesos en créditos Argenta. Las nuevas atribuciones además potencian la capacidad del Fondo para ofrecer parte de su cartera para garantizar deuda. Eso implica, por ejemplo, que el organismo podrá ofrecer títulos o acciones como garantía de los proyectos de inversión realizados bajo el esquema de Participación Público Privada. La decisión incrementará los riesgos que puede asumir el fondo.
El extenso DNU 27/2018 también reduce las multas previstas para las empresas con trabajadores no registrados. La flamante norma contempla una modificación integral de la Ley 26.940 sancionada durante el Gobierno anterior, que creó el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal).
La reforma no sólo prevé una reducción de las multas dinerarias establecidas en el régimen, sino además los tiempos de permanencia de las compañías inspeccionadas dentro del registro, considerado una suerte de “veraz laboral”. En la actualidad hay 22.000 empresas incorporadas en ese registro.