Por supuesto que no lo reconocerán porque el modelo imperial se propone apagar la memoria hasta el punto del delirio. Para dominar recursos seguirán tirando bombas sobre Medio Oriente y martirizando a los palestinos, pero el debate de última generación entre Estados Unidos y la Unión Europea – China se apresta a meter su pata – en torno a la naturaleza y posibilidades del Bitcoin reconoce un fundador intelectual: el concepto de algoritmos sobre los cuales descansan las computadoras y los sistemas de Internet fueron fue desarrollado por primera vez en el Siglo IX en Bagdad, por aquél entonces la capital de las ciencias, por Al-Juarismi, un matemático musulmán de origen persa.
Muhammed ibn Musa al-Juarismi escribió el “Libro de la reducción”, en el que despliega las primeras reglas del cálculo algebraico: la transposición de los términos de uno a otro miembro de una ecuación, previo cambio de signo, y la anulación de términos idénticos en ambos miembros. También estudió las ecuaciones de segundo grado y otras cuestiones matemáticas. La latinización de su nombre dio lugar a las palabra, álgebra, guarismo y algoritmo. Esta última alude a «procedimientos constantes de cálculo», en los cuales radica todo el ciberdesarrollo de nuestros días, el que ya hace un tiempo alcanzo a la moneda misma como instrumento y a la disputa de poder en torno a la Bitcoin y las criptomonedas en general.
Una criptomoneda o criptodivisa es un medio digital de intercambio. La primera fue Bitcoin, que comenzó a operar en 2009, y desde entonces han aparecido muchas otras, con diferentes características y protocolos como Litecoin, Ethereum, Ripple, Dogecoin.
“Bitcoin es una innovadora red de pagos y una nueva clase de dinero. Usa tecnología “peer-to-peer” o entre pares para operar sin una autoridad central o bancos; la gestión de las transacciones y la emisión de bitcoins es llevada a cabo de forma colectiva por la red. Bitcoin es de código abierto; su diseño es público, nadie es dueño o controla Bitcoin y todo el mundo puede participar. Por medio de sus muchas propiedades únicas, Bitcoin permite usos interesantes no contemplados por ningún sistema de pagos anterior. Su mayor diferencia frente al resto de monedas, se trata de una moneda descentralizada, por lo que nadie la controla. Bitcoin no tiene un emisor central como los dólares o los euros, la criptomoneda es producida por las personas y empresas de alrededor del mundo dedicando gran cantidad de recursos a la minería. La cotización de los Bitcoins es algo que nunca se detiene, muestra de ello es que su mercado se negocia 24 horas al día, 365 días al año”, explica un sinnúmero de sitio Web dedicados a esa criptomoneda.
Por supuesto que sobre esta novedad tecnológica en el mundo del dinero flotan todos los mitos sobre supuestas “democracias” y “no injerencias” por parte de Estados y corporaciones privadas, pero algunos textos que publicados en los últimos días en páginas digitales, como los de Alberto Martin en Hipertextual, arrojan luz sobre el estado de la polémica en sus diversos planos.
Por ejemplo afirma Martin, y pasamos a citar. “A pesar de que el Bitcoin ha sido un producto refugio durante la crisis del Brexit, que todavía sigue dando sus coletazos, y de la valoración positiva de los reguladores estadounidenses de cara al pago de impuestos por la aprobación del IRS y de su consideración como commodity (en el sentido de mercancía) por la CFTC (Commodity Futures Trading Commision), una corte de Florida puede haber sentado las bases sobre el futuro de la criptomoneda, y no en el sentido que tanto el público como los diferentes reguladores han ido apostillando. La Corte de Florida se ha postulado en torno a Bitcoin -en un caso que lleva tiempo por los tribunales de los Estados Unidos- calificando la criptomoneda como un instrumento que, en ningún caso, constituye dinero. Básicamente, lo que ha determinado la corte, en un movimiento que apunta a sentar un precedente importante en la regulación futura del Bitcoin, es desprender su concepto como dinero en tanto este se define como vehículo de intercambio de bienes y servicios. Aceptado por la corte, se extenderá a la mayoría de los casos judiciales relacionados con el Bitcoin. Esto obliga a que no pueda ser considerado dinero y por tanto, no pueda intercambiarse en el mercado de divisas para crear productos financieros, futuros y derivados en contraposición al resto de monedas, teniendo que hacerlo como si fuese una mercancía más de intercambio en los mercados, sujeta a su negociación en los mercados secundarios”.
Y continúa: “En el otro lado de ring, como decimos, el Bitcoin es un divisa más que la Unión Europea ha incluido en su lista de monedas. De hecho la regulación es bastante reciente, de julio de este mismo año, y cuenta con la primera definición, a la espera de aprobación definitiva del texto, de lo que es Bitcoin -o una criptomoneda-, siendo la primera aproximación que un órgano regulador del tamaño de la Unión ha dado sobre este asunto: el movimiento de la Unión Europea respecto a calificar como dinero al Bitcoin y sucedáneos no se ha limitado a apuntalar la definición de moneda virtual, puesto que la propuesta para la modificación de la directiva, obliga a los Estados Miembros a modificar sus normas internas respecto al blanqueo de capitales, todo con la intención de que se incluyan todas las plataformas que la unión considera de intercambio de monedas Virtuales, así como a todos los Proveedores de Monederos o Wallets de Monedas Virtuales antes del 1 Enero de 2017. Para la Unión Europea entonces, el Bitcoin es una moneda y debe incluirse en la vigilancia sobre el blanqueo de capitales, lo que presupone la posibilidad de valores de Bitcoin en negro, lavado de Bitcoin y toda la panoplia de instrumentos con los que se creó la propia economía monetaria del capitalismo, el capitalismo mismo.