Con el argumento de que perdió el juicio por su “obrar negligente”, la Corte cargó su costo a la cuenta del empleado. A tono con la campaña de Macri contra la “industria del juicio laboral”, el fallo podría desalentar demandas de los trabajadores. El tribunal supremo cuestionó el principio de gratuidad. Desde el año pasado, en coincidencia con el gobierno de Macri, la Corte firmó una serie de fallos regresivos en materia laboral.
La Corte Suprema no se quiso quedar afuera de la ofensiva contra los jueces laborales y el hostigamiento político y judicial a los trabajadores. En un comunicado difundió ayer su decisión de firmar un fallo que obliga a un trabajador que perdió un juicio por un accidente de trabajo a pagar todos los gastos de honorarios profesionales que el proceso generó. En el ámbito del derecho laboral no llamó tanto la atención el contenido de la sentencia, que incluso para algunos era una “no noticia” por tratarse de un criterio que algunos jueces del fuero a veces aplican, aunque otros prefieren repartir las costas entre las partes o están los que dicen que el empleado nunca debería pagar como garantía de acceso a la justicia. Lo que sorprendió fue que la Corte asuma su competencia en una discusión sobre cómo se hace un trámite judicial (un asunto procesal), cuando lo habitual es que sólo lo haga excepcionalmente si hay una palmaria arbitrariedad y se dedique a los recursos extraordinarios y las grandes discusiones de derecho constitucional. Pero si la máxima instancia judicial toma postura, eso puede operar como disciplinamiento hacia los demás jueces. A esto se agrega el sentido de la oportunidad de los supremos: a nadie se le escapa que Mauricio Macri cada vez puede cuestiona a los jueces que defienden derechos laborales y que anteayer un juez penal intervino el sindicato de los canillitas. Así afirma la colega Irina Hauser en el diario Página 12 de este miércoles.
Uno de los rasgos más curiosos del comunicado que emitió ayer la Corte es el tono: el título dice que lo que resolvió el tribunal es que “cuando un trabajador pierde un juicio laboral por su culpa debe pagar todos los gastos por honorarios profesionales que ese juicio ocasionó”. En el expediente que eligió la Corte ya no se discutía si el trabajador tenía razón o no en su reclamo judicial sino que lo único que estaba en entredicho era el pago de las costas. Era un caso peculiar, por cierto, porque el hombre que había presentado la demanda, Enrique López, en un comienzo hizo juicio porque camino a su trabajo sufrió un accidente y alegaba haber quedado parcialmente incapacitado. Reclamó entonces que la ART de su empleador le pagara la indemnización correspondiente. Pero nunca fue a las citaciones médicas. Su demanda fue rechazada por la Sala III de la Cámara Laboral, pero los camaristas decidieron no hacerle pagar los gastos y que los pague la compañía demandada, como criterio básico de garantía del derecho de acceso a la Justicia.
“La Corte Suprema –anunciaba el comunicado– revocó esa decisión de la Cámara señalando que, como el rechazo de la demandada se debió a la actitud renuente del trabajador, no había motivos válidos para apartarse de la regla legal que establece que quien pierde un juicio debe pagar los gastos por honorarios. Y que contrariamente a lo afirmado por los camaristas, no se verifica que en este caso se hubiera puesto en cuestión el derecho del trabajador a formular su reclamo ante los tribunales competentes”. El tribunal insisten en que el resultado del juicio fue adverso por la “conducta negligente” del propio trabajador. Lleva la firma de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz. Horacio Rosatti no firmó porque no estaba de acuerdo.
“Desde el año pasado, en coincidencia con el gobierno de Mauricio Macri, la Corte firmó una serie de fallos regresivos en materia laboral, con guiños al Poder Ejecutivo y a las patronales. En uno de ellos limitó el derecho a huelga, al avalar el despido de un empleado del Correo que había participado de protestas que no tenían una convocatoria sindical formal. Es decir, no era un trabajador sindicalizado. También dejó sin efecto un fallo de la Cámara Laboral que ordenaba la reincorporación de cuatro empleadas de planta, concursadas, de Lotería Nacional (o sea que las volvió a dejar en la calle). También dijo que el reajuste de indemnizaciones por accidentes laborales dispuestos por la ley de riegos de trabajo en 2012 no podían aplicarse a los accidentes previos. Y además resolvió que los juicios por despidos en el Estado no pueden tramitar en el fuero laboral sino que deben ser resueltos en el fuero contencioso administrativo, que carece de reglas procesales que protejan a los trabajadores, además de ser permeable a la política. En este último caso rechazaba un reclamo de los empleados despedidos de la Autoridad federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca). La Corte revocaba allí una decisión de los camaristas Diana Cañal y Raffaghelli. En el fallo de ayer la Corte volvió a revocar una decisión firmada por Cañal, en esta oportunidad junto con el camarista Néstor Rodríguez Brunengo, quienes sostienen que el pago de costas no puede ser una traba para acceder a la Justicia, tal como surge de una sentencia de la Corte Interamericana, por ende los trabajadores pueden litigar sin gastos. Cañal y Raffaghelli habían sido denunciados ante el Consejo de la Magistratura por el fallo favorable a los trabajadores estatales. El mismo día que la Corte revocaba su sentencia eran denunciados por el Ministerio de Trabajo, también ante el Consejo, con pedido de juicio político, los camaristas Enrique Arias Gibert y Graciela Marino, por avalar la paritaria bancaria”, añade Página 12.
Por su parte La Izquierda Diario formula el siguiente análisis, que pasamos a reproducir: Aunque en la práctica muchas veces los trabajadores deben pagar “las costas”, lo cierto que con este fallo la Corte busca sentar un antecedente firme. Aunque aclara que es para los casos donde hay “renuencia” del trabajador a que se pueda comprobar el hecho, envía un mensaje sobre el principio de gratuidad para que los trabajadores puedan demandar ante las empresas.
Nadie sabe, por ejemplo, los motivos por los que López no concurrió a las pericias. Si no le llegó la citación a su domicilio o no pudo hacerlo por un problema personal. Sin embargo, la Corte decidió tomar ese caso en particular, para pronunciarse fuertemente.
En los últimos meses el mismo Presidente Macri ha iniciado una cruzada contra lo que llamó “la mafia de la industria del juicio”, acusando a los juicio laborales de la crisis y el cierre de empresas. En realidad, detrás de ese ataque a la “justicia laboral” se esconde un ataque a los derechos de los trabajadores, entre ellos el de reclamar por accidentes o cualquier incumplimiento de las empresas. Como señaló hace poco el presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas, Matías Cremonte, “no hay industria del juicio. Hay industria del incumplimiento. Macri no ataca a los abogados ni a los jueces, ataca a los trabajadores”.
La Corte, que siempre elige fallar sobre determinados casos para pronunciarse políticamente, tomó el caso López para marca su posición en el debate sobre “la justicia laboral”.
Como reconoce el mismo portal Infobae, “la Corte Suprema, en una decisión que se prevé contribuirá a desmantelar la industria del juicio laboral, revocó la decisión de la cámara”.
En la tarde de este martes, la noticia fue destacada en los portales de los principales diarios. No fueron casuales los títulos elegidos. Clarín tituló “Fallo de la Corte: si un trabajador pierde un juicio, debe pagar los gastos”. La Nación: “La Corte dispuso que un empleado que perdió un juicio laboral debe pagar todos los gastos”. Infobae: “Un fallo de la Corte Suprema de Justicia desalienta el juicio laboral sin fundamentos”. El Cronista: “La Corte resolvió que el trabajador que pierde un juicio laboral debe pagar los gastos”.
Así planteado, cualquier trabajador que inicia un juicio y lo pierde, no importan los motivos, tendría que pagar gastos que en general le resultan inaccesibles. Aunque dentro de las notas se explica el caso López y sus pormenores, algunos medios aprovecharon para generalizar el caso y atemorizar con la idea general de “el que pierde paga”. Entonces, aunque te hayas “roto” en el trabajo o te estén haciendo un fraude laboral, “mejor pensalo dos veces antes de reclamar”.
La realidad es que aún con el fallo de la Corte, si por ejemplo un trabajador inicia una demanda por accidente, enfermedad laboral o despido y los jueces entienden que no le asiste el derecho o que lo que se reclama no le corresponde, no debe afrontar los gastos del juicio.
El fallo de la Corte y el discurso del gobierno son parte de una ofensiva contra los derechos obreros, que los empresarios envalentonados traducen en despidos y persecuciones.
Pero hay otro hecho que se intenta ocultar detrás del caso López y el pronunciamiento de los «supremos». La “industria” que realmente goza de buena salud en Argentina es la de las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART).
Según un estudio basado en las estadísticas de cámara que las nuclea, “solo el 19 por ciento de los accidentes de trabajo llegan a juicio”. Si tomamos la cantidad de trabajadores asegurados, 10 millones, “las demandas presentadas representan sólo el 1 por ciento de los trabajadores cubiertos por el Sistema de Riesgos de Trabajo” (Centro de Estudios Atenea).
Eso desmiente no solo el verso de la “litigiosidad” del sistema, sino que revela el negocio empresario con la salud obrera. El año pasado las ART aumentaron sus ganancias un 41%, superando los 9500 millones de pesos.
Con campañas como «el que pierde paga», las empresas en general quieren tener más impunidad para incumplir derecho, las aseguradoras en particular para mejorar su rentabilidad.