Ello se desprende de un informe de la Unidad Fiscal de Ejecución Penal que detalla perfiles de los condenados, los delitos que cometieron (y si se registraron reincidencias, de qué tipo), y qué sucede con ellos una vez alojados en una unidad penal.
De acuerdo con un informe de la Unidad Fiscal de Ejecución Penal (UFEP), de todos los detenidos y las personas que cumplen pena de ejecución condicional, y que están bajo su órbita, casi la mitad de los condenados por delitos sexuales “se encontraba entre los 26 y los 40 años al momento de la comisión del delito”. Además, el 62 por ciento de las víctimas realizó la denuncia “durante la primera semana luego de ocurridos los hechos”, pero alrededor del 12 por ciento lo hizo cuando ya habían pasado al menos cinco años de sucedido. No en todos los casos las condenas dictadas fueron de cumplimiento efectivo, pero la estadística indica las víctimas se constituyeron como querellantes “en aquellos casos donde se concluye el proceso con una pena de efectivo cumplimiento”. Además, de esos condenados a penas de prisión efectiva, sólo el 29 por ciento forma parte del Programa específico para ofensores sexuales (POS), que se realiza en un penal de Neuquén que solo aloja internos que cometieron delitos contra la integridad sexual. Así consigna una nota de la colega Soledad Vallejos, publicada este miércoles por el diario Página 12
Según el “Informe sobre situación de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual”, de la UFEP, son ofensores sexuales el 10 por ciento de los 2924 detenidos y el 5 por ciento de los 3867 que recibieron penas en suspenso, y que están bajo su órbita. De las condenas de cumplimiento efectivo, en más de la mitad de los casos se trató de delitos de violación; en el 47 por ciento de los casos, esas condenas implican penas de más de quince años de prisión, “mientras que sólo el 13 por ciento tiene penas de hasta cinco años”. En tanto, el delito de abuso sexual simple (tipifica la conducta de quien “lleve a cabo actos corporales de tocamiento o acercamiento de carácter sexual en la vía pública respecto de una persona menor de 13 años”) es el 88 por ciento de las causas de las condenas con penas en suspenso. Además, las cifras señalan que “el juicio oral se ha llevado adelante en la mayoría de los casos en los que se ha impuesto una pena de prisión efectiva, contrariamente a lo que sucede en las condenas en suspenso”
En el 60 por ciento de los casos, se trató del primer delito sexual cometido por el condenado, al que se considera, por eso, “primario”.. En el 13 por ciento, en cambio, el condenado fue “reiterante especial”, es decir que se considera que cometió varios delitos contra la integridad sexual “pero no fue considerado técnicamente reincidente; la categoría también considera “tanto a quienes se les unificó la pena y a los que cometieron un nuevo delito luego de la fecha para computar la reincidencia como a quienes fueron condenados por varios hechos”. El 12 por ciento de los condenados es considerado “reincidente general” y el 9 por ciento, “reiterante general”, ambas categorías que consideran a quienes cometieron varios delitos pero sólo uno de ellos de índole sexual y difiere en detalles de unificación de penas. En tanto, el 6 por ciento es “reincidente especial”, es decir que tanto el delito que motivó su primera condena como el registrado por la reincidencia son contra la integridad sexual.
En el 68 por ciento de los casos de condenados primarios (119 personas), el delito fue cometido contra alguien de su familia, mientras que el 32 por ciento de los casos (55 personas) “agredieron sexualmente a una víctima con la que no tenían vínculo”. Cuando cometieron el delito, el 48 por ciento de los condenados tenían entre 26 y 40 años, mientras que el 30 por ciento tenía entre 41 y 65 (el 18 por ciento era menor de 25 y el 4 por ciento tenía más de 65). Además, el 77 por ciento de los condenados son argentinos (el 23 por ciento restante se compone de ciudadanos peruanos, paraguayos y bolivianos).
Tanto en el caso de las condenas a prisión como las que no son privativas, más del 90 por ciento de las víctimas de los delitos fueron mujeres. El 62 por ciento de ellas realizaron la denuncia “durante la primera semana luego de ocurridos los hechos”, mientras que el 10 por ciento lo hizo entre el año y los tres años de sucedido; el 8 por ciento, después de los cinco años de cometido el delito y el 4 por ciento, entre los tres y los cinco años. El informe detalla que el hecho de que “un alto porcentaje de hechos no se denuncian inmediatamente” no sólo tiene que ver con la dificultad de la situación cuando el delito es cometido en el ámbito familiar, sino que también “marca la necesidad de ampliar la base preventiva y el acceso de las víctimas al sistema penal, de modo tal que se facilite una pronta respuesta”.