En las últimas horas, hombres y mujeres privados de su libertad alojados en la Unidad 1 de Lisandro Olmos, U9 de La Plata, U47 de San Martín, uno de los penales de Campana, la U31 de Florencio Varela, un pabellón de la U23 y la U8 de Mujeres de Los Hornos, iniciaron una huelga de hambre en rechazo a la reforma de la Ley Nacional 24.660 de Ejecución Penal. La protesta es el epílogo de un malestar que venía creciendo en las unidades penitenciarias a raíz de la media sanción que obtuvo ese proyecto, que fue rechazado por el bloque del Frente para la Victoria (FpV).
Por Gabriela Calotti (*) Se levantaron contra la iniciativa que tiene media sanción en Diputados y fue impulsado por diputados de la UCR y del PRO. Denuncian que es “regresiva” y burocratiza el proceso para obtener salidas transitorias y libertad condicional.
“En la Unidad 1 están en huelga de hambre”, dijo a Contexto la abogada y docente universitaria Romina Aramburu. “El servicio penitenciario está desinformando, diciendo que el conflicto está levantado y eso es falso”, afirmó. Y completó: “Siguen en huelga de hambre. En la Unidad de Olmos, por ejemplo, los acaban de pesar porque están sin alimentos sólidos desde ayer”.
El Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) “levantó actas indicando que están en huelga de hambre. Así que todos los días los van a pesar”, precisó.
La situación está en conocimiento de diversos organismos como la Comisión Provincial de la Memoria (CPM), y también de las autoridades como la Secretaría de Derechos Humanos, y el Ministerio de Justicia provincial.
Impulsada, entre otros, por los diputados nacionales Luis Petri, de la UCR de Mendoza y su par del PRO, Waldo Wolff, ese proyecto, que reforma una veintena de artículos e incorpora otros, limita el régimen de excarcelaciones, en particular las salidas transitorias y la libertad condicional, reforzando así un sistema penitenciario de por sí represivo, que sigue dando marcha atrás respaldado por el gobierno de Mauricio Macri y de la ministra de Seguridad Patricia Bullrich.
Estudiantes universitarios alojados en la U9 advirtieron en un comunicado que “de promulgarse esta ley, sus consecuencias son impredecibles”.
El proyecto de reforma, que el 23 de noviembre pasado obtuvo media sanción en la Cámara Baja y que el jueves debía tratar el Senado, obstaculizará principalmente el derecho a la educación de los hombres y mujeres en situación de encierro en nuestro país. En la provincia de Buenos Aires, esta situación no debería ser ajena a la gobernadora María Eugenia Vidal pues en territorio bonaerense está el 46% de la población carcelaria del país.
El Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) controla 54 unidades y centros penitenciarios. La Unidad 9 y la Unidad 1 son dos de las cárceles de máxima seguridad.
“Los estudiantes universitarios alojados en el pabellón número 4 de la Unidad Penal Nº9 de La Plata, que depende del Servicio Penitenciario de la provincia de Buenos Aires (SPB), nos negamos a recibir los alimentos provistos por la institución como medida de protesta pacífica, solidarizándonos con los compañeros de la Unidad Nº2 de Devoto”, indicaron en un comunicado.
En el documento de una carilla, los detenidos precisan que se ven “obligados” a llevar adelante esta medida de protesta en virtud del proyecto de modificación de la Ley Nacional 24.660 de Ejecución de la Pena pues “cercenaría aún mucho más los Derechos Humanos de las personas privadas de su libertad, porser una ley que va en contra de nuestra Constitución nacional”, afirmaron.
Los estudiantes que apoyaron este comunicado, la mayoría de los cuales estudian Derecho o Periodismo y Comunicación Social, reclamaron que la reforma “sea tratada en comisión po los diferentes organismos especializados en el sistema penal y no en sesiones extraordinarias a espaldas de todos”.
“No es una ley financiera”, subrayaron los estudiantes detenidos en la U9. “Sino una ley que afectaría directamente la vida de las personas, un parche que utiliza el gobierno para ocultar la problemática social que es donde se origina el conflicto”.
“Mañana arrancamos nosotras”, indicaron fuentes de la U8, donde el miércoles, durante un evento de fin del ciclo lectivo al que asistieron docentes y alumnos de las facultades de Ciencias Jurídicas, Periodismo y Humanidades, varios profesores denunciaron la “violencia penitenciaria” que se ejerce cada día más en los penales y exigieron el cese de prácticas que violan los derechos humanos como la tortura.
La CPM rechazó la reforma porque “termina con el principio constitucional de inocencia” y “restringe la excarcelación a casos muy excepcionales”.
“Es un proyecto sumamente regresivo, inconstitucional, que viola los derechos humanos porque altera todos los principios que hoy sustentan hoy el proceso penal”, sostuvo Roberto Cipriano, secretario de la CPM.
La reforma que el 23 de noviembre pasado obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados de la Nación, con el voto afirmativo de 134 diputados, una abstención y el voto negativo de 69 diputados, entre éstos los del bloque del Frente para la Victoria (FpV), burocratiza aún más los pasos a seguir para determinar salidas transitorias, beneficio que deben solicitar en particular los detenidos que decidieron retomar sus estudios o sencillamente empezar a estudiar.
Además establece que los jueces deberán cumplir un protocolo para liberar a los imputados cuando se encuentre en peligro la víctima del delito.
Por el momento, los detenidos que se plegaron a la medida de protesta, están ingiriendo líquidos.
“El proyecto es totalmente regresivo y constituye una respuesta falsa a la inseguridad y al tratamiento de la pena”, afirmó a Contexto Adrián Rodríguez, abogado penalista, antes de explicar que curiosamente, el diputado Petri, uno de los impulsores del proyecto de reforma proviene de la provincia de Mendoza, distrito que “encabeza el índice de denuncias por violaciones a los derechos humanos en materia carcelaria”.
Según el proyecto de reforma al que pudo acceder Contexto, la iniciativa modifica los artículos 1º, 5º, 6º, 7º, 8º, 11, 13º, 14º, 16º, 17º, 18º, 19º, 20º, 23º, 27º, 28º, 33º, 34º, 35º, 54º, 71ª, 160º, 166º, 185º, incorpora los artículos 13 bis, 14 bis, 29 bis, 31 bis, 54 bis y 56 bis y propone la modificación del artículo 14 del Código Penal.
Entre los artículos modificados establece diferencias en la progresividad de la pena según el tipo de delito institucionalizando la desigualdad ante la ley; confiere mayor poder de decisión y arbitrio al Servicio Penitenciario Federal; y burocratiza todo el proceso que en la práctica prolongará al tiempo que las personas detenidas estarán tras las rejas.
El artículo 17 se refiere a la concesión de las salidas transitorias o la incorporación al régimen de la semilibertad y estipula que podrán acceder a los mismos quienes estén comprendidos en los tiempos mínimos de ejecución: penas mayores a diez (10) años: un año desde el ingreso al período de prueba; penas mayores a cinco (5) años: seis meses desde el ingreso al período de prueba; y penas menores a cinco (5) años: desde el ingreso al período de prueba.
Indica que los reclusos deben “poseer conducta ejemplar o el grado máximo susceptible de ser alcanzado según el tiempo de internación (…) . Para la concesión de salidas transitorias o la incorporación al régimen de semilibertad deberá merituarse la conducta”, afirma ese mismo artículo.
El artículo 6º, referido a la progresividad del régimen penitenciario, precisa que el mismo consiste en un “proceso gradual que posibilite al interno, por su propio esfuerzo,avanzar paulatinamente hacia la recuperación de su libertad (…) . Las acciones a adoptar para su desarrollo deberán estar dirigidas a lograr el interés, la comprensión y la activa participación del interno. La ausencia de ello será un obstáculo para el progreso en el cumplimiento de la pena y los beneficios que esta ley acuerda”, aclara.
El artículo 16 establece la duración de las salidas transitorias, los motivos y el nivel de confianza que adopten las autoridades y entre éstos se refiere a quienes cursan estudios de educación general básica, media, polimodal, superior, profesional y académica de grado o de los regímenes especiales previstos en la legislación vigente.
Según un reciente informe del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena del Ministerio de Justicia de la Nación, el 50% de los detenidos en cárceles del país no tiene condena firme.
A fines de 2015, el 96% de los detenidos son varones y jóvenes. El 62% de ellos tiene menos de 35 años. Además, la mayoría no completó sus estudios secundarios. Las mujeres ascienden a 2.963 internas, de las cuales 140 viven junto a sus hijos. Los menores, como ocurre en la Unidad 33 de Melchor Romero, pueden permanecer con sus madres hasta los cuatro años de edad.
(*) Tomado de Contexto.