El CEPIS presentó ante el Senado bonaerense sus objeciones al pliego propuesto por la gobernadora Vidal. Su candidato no cumple con el requisito de residencia en la Provincia, no posee “autonomía e independencia” respecto al Ejecutivo y tiene “una concepción jurídica contraria al derecho constitucional a la igualdad”.
Por Fernando M. López (*) / La postulación de Julio Conte Grand para la Procuración General de la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires concita cada vez mayor rechazo. A las impugnaciones que entraron en las últimas semanas al Senado, se sumó ayer la del Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), que ya había iniciado una “acción declarativa de certeza” para que la Justicia determine si puede ser designado en el cargo a pesar de no contar con dos años de residencia en territorio bonaerense.
El actual secretario Legal y Técnico provincial, que responde al Opus Dei, fue propuesto por la gobernadora María Eugenia Vidal y su pliego podría ser tratado en la sesión prevista para el jueves 22 de diciembre en la Cámara Alta.
La Constitución bonaerense es clara en su artículo 181 al establecer que “para ingresar al Poder Judicial debe justificarse dos años de residencia inmediata en la Provincia”. Como el Ministerio Público es parte integrante del Poder Judicial y Conte Grand reside en el barrio porteño de Palermo, para el CEPIS no caben dudas que el candidato de Vidal no cuenta con ese requisito elemental.
La asociación civil también objetó su falta de “autonomía e independencia” al ocupar desde el 10 de diciembre del año pasado “un lugar de altísima responsabilidad política y funcional” en la Gobernación.
“El Procurador, en su carácter de Jefe de Fiscales y Defensores Oficiales, es parte del Poder Judicial y debe gozar de la autonomía e independencia que le otorga la Constitución. Y tales circunstancias no se verifican en el caso del postulante Conte Grand”, remarca la impugnación.
Por último, el CEPIS pidió a los legisladores no limitarse a los requisitos formales y “realizar un acabado estudio de los valores y principios que el postulante ha sostenido durante su carrera profesional a fin de ponderar si su perfil resulta adecuado para investirse como defensor de los intereses de la provincia de Buenos Aires”.
A lo largo de su carrera, Conte Grand ha explicitado “una concepción jurídica incompatible con los principios que emanan de los artículos 11 y 36 de la Constitución de la Provincia que instauran el derecho a la igualdad de la personas y la remoción de obstáculos para el ejercicio de derechos”, señaló la asociación.
El funcionario de Vidal es un furibundo opositor a la Ley de Matrimonio Igualitario, sancionada en el 15 de julio de 2010. Cuando el proyecto se discutía en el Congreso, llevó adelante en la revista El Derecho una serie de publicaciones contra la norma, incluyendo un editorial de su autoría donde invitaba a “reflexionar acerca de los riesgos de la transformación, sin norte visible, de la institución del matrimonio y, por ende, de la familia”.
En su texto, Conte Grand consideraba al casamiento entre personas del mismo sexo como “una desmesura atentatoria de los principios del orden público de la sociedad argentina”, y advertía que “se está produciendo un grave desvío de los principios de orden público de naturaleza inmutable, cuyas consecuencias para el tejido social y la convivencia no han sido calibradas”.
Esas mismas concepciones le valieron varias impugnaciones al ser propuesto por el macrismo como procurador general de la Ciudad de Buenos Aires –cargo que desempeñó entre 2012 y 2015-, entre ellas la de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) y la del reconocido especialista en derecho público Ernesto Alberto Marcer.
“Las serias objeciones formuladas en torno a que la mirada jurídica de Julio Conte Grand iba en detrimento de los artículos 11, 37 y 38 de la Constitución de la CABA. Lamentablemente, no fueron ampliamente debatidas por la Legislatura porteña cuando se le dio acuerdo al pliego dado que, en una sesión que presidió María Eugenia Vidal, se trató sobre tablas y sin permitir que los diputados hagan uso de la palabra”, recordó el CEPIS.
Con estos argumentos, el Centro de Estudios encabezado por el abogado Pedro Sisti concluyó que el secretario Legal y Técnico “carece de idoneidad para ser designado Procurador General” de Corte bonaerense.
“Consideramos que la señora Gobernadora debe proponer candidatos con concepciones más amplias y que mantengan mayor apego a las normas constitucionales e internacionales con jerarquía constitucional y su adecuada interpretación, para garantizar la defensa de los derechos e intereses de los habitantes de la Provincia de Buenos Aires, debiendo los señores Senadores, prestar el debido acuerdo a postulantes que cumplan con dichos estándares, que no cumple el postulante aquí propuesto”, subraya la impugnación.
Más objeciones
Entre las organizaciones que rechazaron el pliego de Conte Grand, también se encuentra el Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST), que lo acusó de ser “misógino, homofóbico y de no respetar los derechos humanos”.
Además de señalar sus posiciones en contra del matrimonio igualitario, el MST puso de relieve el freno en la Provincia al “Protocolo Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo”, decisión que fue tomada desde la Secretaría Legal y Técnica.
“Todo esto son argumentos muy importantes para el derecho de las mujeres y de la comunidad LGBT, porque este personaje los ha atacado de manera permanente”, dijo la dirigente Vilma Ripoll tras llevar las objeciones de su fuerza política al Senado bonaerense.
Otras impugnaciones pertenecen a la diputada socialista Gabriela Troiano y al abogado platense Guillermo Moviglia, quienes afirmaron que la estrecha relación de Conte Grand con macrismo le restaría imparcialidad a la hora de tomar decisiones como procurador general.
Por su parte, el letrado Alcides Ramón Pereira presentó una denuncia penal por “abuso de autoridad” contra Vidal por proponer a un candidato que no cumple los requisitos legales para acceder a la Procuración, y contra Conte Grand por aceptar la candidatura. La causa, fundamentada en el artículo 253 del Código Penal de la Nación, recayó en el Juzgado Federal Nº 1 de La Plata, subrogado por Ernesto Kreplak.
Pereira indicó que el secretario Legal y Técnico “tiene pleno conocimiento de su inhabilidad”, según su propia actuación en el acta 811 del Consejo de la Magistratura de la provincia de Buenos Aires, el 3 de mayo último.
“En dicho instrumento, se advierte que al tratarse la postulación del Dr. Claudio Ricardo Silvestri, quien solicitó ser considerado para integrar los concursos 2229, 2234, 2235, 2236 y 2237, dicha participación le fue rechazada con la firma del Dr. Conte Grand, fundado en que el Dr. Silvestri no había acreditado dos años de residencia en la provincia de Buenos Aires”, alegó el abogado.
(*) Artículo publicado hoy en Diario Contexto.