“Prorróganse por tres meses calendario a partir del 1° de abril de 2015 los plazos previstos en la ley N°26.860”, dispone la normativa.
Al igual que en las oportunidades anteriores, se explica que la prórroga se adoptó «por razones operativas y con la finalidad de permitir que una mayor cantidad de sujetos interesados puedan exteriorizar sus tenencias y acogerse a los beneficios dispuestos» en la norma.
Asimismo, en el decreto se recuerda que «la referida exteriorización comprende la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior al 30 de abril de 2013, inclusive», además de aquella tenencia «que resulte del producido de bienes existentes» a la misma fecha.
En la argumentación de la disposición publicada hoy, el Gobierno también destaca que «la exteriorización de capitales permite emplear recursos líquidos ociosos para financiar inversiones productivas y sociales que apuntalen el proceso de crecimiento, profundicen la reindustrialización iniciada en 2003 y permitan la inclusión de vastos sectores de la sociedad».