La Sala Cuarta del Tribunal decidió «no hacer lugar al recurso de queja interpuesta por la defensa de un imputado, quien tenía el cargo de Oficial Principal de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual solicitaba se revoque el procesamiento con prisión preventiva», detalló el Centro de información Judicial.
En un fallo de seis carillas, al que Télam tuvo acceso, los camaristas Mariano Hernán Borinsky y Juan Carlos Gemignani, con la disidencia de su colega Gustavo Hornos, resolvieron «no hacer lugar» al recurso presentado por la defensa de Laureano Emanuel Pérez Rodríguez.
El policía está procesado por «tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por haber sido cometido por más de tres personas organizadas, por su calidad de funcionario público encargado de la prevención y por haber utilizado estupefacientes para la comisión de otro delito, por privación ilegítima de la libertad con abuso de sus funciones en concurso ideal con el delito de falsificación ideológica de instrumento público».
Los camaristas Borinsky y Gemignani dijeron que «los planteos formulados por la defensa no son más que meros juicios discrepantes del criterio adoptado por el a quo en la resolución atacada, cuyo desacierto no ha logrado acreditar», en referencia al fallo de la Cámara Federal de Mar del Plata que confirmó el procesamiento con prisión preventiva.
«De las presentes actuaciones se advierte que, en el caso de autos, en el que se cuestiona el procesamiento dictado, así como la prisión preventiva impuesta, se ha garantizado la ‘doble conformidad judicial‘, ‘derecho al recurso‘ o ‘doble conforme‘, por lo que tampoco se vislumbra una violación a la garantía» que prevé la ley.
En disidencia, Hornos proponía «declarar admisible el presente recurso de hecho en cuanto a la confirmación de la medida restrictiva de la libertad, sin costas», aunque su postura no halló eco entre sus colegas.