La iniciativa establece que en territorio bonaerense, el personal uniformado sólo podrá detener a ciudadanos mayores de edad cuando medie una orden judicial; de acuerdo a lo previsto en el Código Procesal Penal o el Código de Faltas o cuando existan indicios objetivos y comprobables de que esa persona pueda cometer una falta. En ningún caso la averiguación de identidad podrá extenderse por más de 4 horas.
Marcelo Saín, autor del proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados, explicó que la idea es “sentar las bases institucionales para que la policía se dedique a trabajar eficazmente en el control de los delitos de manera democrática, y de esta forma deje de detener masivamente a los sospechosos de siempre”.
“Necesitamos que en la provincia de Buenos Aires, la Policía se enfoque a prevenir y conjurar los delitos basándose en información criminal y planificación orientada a resolver problemáticas delictivas y que exista evaluación técnica a institucional del desempeño policial”, agregó el diputado provincial de Nuevo Encuentro.
Actualmente, está vigente la facultad de detención sin orden judicial de una persona cuando resulte “necesario” a criterio del personal policial actuante, sin que existan situaciones que hagan presumir que esa persona esté dispuesta a cometer un hecho delictivo o contravencional, o lo haya cometido. Esa detención puede extenderse hasta 12 horas.
Desde los orígenes de la policía argentina, la detención policial por averiguación de antecedentes o de identidad ha constituido la práctica institucional más extendida y utilizada del trabajo policial, se señaló en los fundamentos del proyecto de Saín.
El nuevo proyecto establece en su primer artículo que el personal policial podrá detener a las personas «únicamente en los siguientes casos: por orden judicial; en los casos previstos por el Código Procesal Penal o por el Código de Faltas; cuando indicios objetivos y comprobables permitan presumir que alguien pudiese cometer un delito o contravención, con el único fin de proceder a su identificación en el lugar del procedimiento, excepto que ello no pudiera cumplirse de ningún modo».
“Ninguna persona puede ser detenida con el único fin de ser identificada, si no existieran las circunstancias objetivas”, agrega la iniciativa.