El gobierno bonaerense promulgó hoy la ley que incorpora los jardines comunitarios a la Dirección General de Cultura y Educación provincial y que garantiza que los maestros que estén al frente de las aulas tienen que contar con título docente.
Así lo establece la Ley 14.628 y el decreto 826 publicados hoy en el Boletín Oficial y que obliga a contar con título no sólo a los docentes del nivel inicial, salas de 4 y 5 años como lo prevé la norma, sino a la totalidad de los maestros, es decir a los de las salas de 45 días a 3 años también.
El decreto de promulgación instruyó a la Dirección General de Cultura y Educación a “prever la adopción de las medidas que resulten conducentes para garantizar que la totalidad de los educadores comunitarios que brinden educación y cuidado a alumnos del nivel de educación inicial en las instituciones educativas comunitarias existentes, posean la titulación correspondiente”.
Asimismo, se estableció un control que “incluirá un sistema de supervisión de la educación que se imparta en las Instituciones Educativas Comunitarias de Nivel Inicial y asegurará el seguimiento de los avances en materia de formación y capacitación permanente de los educadores comunitarios”.
Para ello, instruyó además a la cartera educativa, la Secretaría de Personal y el ministerio de Desarrollo Social a que en un plazo de 60 días reglamente la norma para garantizar que al momento de entrada en vigencia de la norma, se cumplan estos requisitos.
La Ley de Educación Comunitaria, impulsada por la diputada del Frente para la Victoria, Alicia Sánchez, obtuvo sanción definitiva en septiembre en el Senado de la provincia de Buenos Aires.