El titular de la AFSCA, Martín Sabbatella, querelló al Grupo Clarín por el incumplimiento en la grilla de cable. «Sin cumplimiento de la grilla no hay plan de adecuación posible. Somos muy claros en ese tema. Si un grupo tiene voluntad de cumplir con la ley tiene que demostrar que está dispuesto a hacerlo en su totalidad», había dicho a principio de año Sabbatella.
El artículo 239 del Código Penal, por el que la AFSCA pidió que se investigue a las autoridades de Cablevisión, es el delito que tipifica la desobediencia. “Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”, estipula el código.
En tanto, el artículo 172 prevé que “será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño”.