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La Cámara Federal rechazó un recurso extraordinario presentado por la empresa, por lo que Cablevisión, conforme a lo dispuesto en primera y segunda instancia, deberá aplicar el abono del servicio en 130 pesos. La resolución, además, rechaza el recurso planteado por la empresa de televisión por cable, y también habilita al juez Alfredo Ziulu, que fije una multa diaria acumulativa de 100.000 pesos mínimos diarios.
A su vez, dispone que se designe un interventor que obligue a la prestadora a cobrar la tarifa establecida por la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, tal como lo solicitó el Defensor del Pueblo, Carlos Bonicatto, en su presentación.
En ese momento AgePeBA dialogó con Bonicatto, quien subrayó que “la empresa ofrece un servicio impropio, que afecta derechos colectivos y que en algunos lugares se ofrece de una manera monopólica, en donde los usuarios no tienen ninguna posibilidad de quejas ni de cambios”
Frente a esta resolución, la Defensoría informó que presentará, en las próximas horas, un escrito solicitando la continuidad de la medida, con la intención de vencer la negativa de Cablevisión de cumplir con los pronunciamientos judiciales.
Asimismo, el ombudsman le pedirá al magistrado Ziulu una ampliación de la medida cautelar para que ordene a Cablevisión que elimine de sus recibos la leyenda “El pago de esta factura implica la aceptación de los términos, condiciones y pautas publicadas en www.cablevisionfibertel.com.ar”.
La Defensoría sostiene que ese mensaje «revela la clara intención de inducir a los usuarios al error, generando temor en función de que sus actos puedan tornarse en contra de sus propios intereses», se explicó.