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La sala I de ese tribunal de apelaciones habilitó el camino al máximo tribunal del país en una resolución donde aclaró expresamente que será con «efecto devolutivo», es decir que la extensión de la cautelar sigue vigente, según el escrito firmado por los camaristas Susana Najurieta y Francisco de las Carreras.
El recurso se interpuso contra la decisión de la Cámara que el 6 de diciembre pasado prorrogó la cautelar que vencía el 7 hasta tanto haya sentencia de fondo en la causa por la constitucionalidad de esos artículos.
La fecha del 7 de diciembre había sido resuelta por la Corte Suprema como tope para la vigencia de la medida cautelar si no había en la causa sentencia de fondo, dictada el viernes último después de tres años de trámite.
El viernes pasado el juez de primera instancia en lo Civil y Comercial Horacio Alfonso falló a favor de declarar constitucionales los aspectos cuestionados de la ley y ordenó el levantamiento «inmediato» de toda medida cautelar.
Pero esta decisión fue apelada por el Grupo Clarín y Alfonso concedió la apelación con efecto suspensivo de esa decisión que él había tomado con respecto a la cautelar.