La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó hoy el per saltum presentado por el Gobierno nacional para apelar la decisión de la Cámara Civil y Comercial que benefició al Grupo Clarín extendiéndole la medida cautelar contra la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
En su fallo, la Corte entendie que el recurso del Ejecutivo «no ha sido interpuesto contra una decisión dictada por un juez de primera instancia», como lo indica la ley 26.790, promulgada el pasado 4 de diciembre.
“Sólo serán susceptibles de ser apeladas por la vía del recurso extraordinario por salto de instancia las sentencias definitivas de primera instancia, las resoluciones equiparables a ellas en sus efectos y aquellas dictadas a título de medidas cautelares”, agrega el fallo.
Los jueces del máximo tribunal se habían reunido esta mañana, pero sin consenso pasaron a un cuarto intermedio que en principio iba a extenderse hasta mañana. Si embargo, mantuvieron un encuentro reservado esta tarde y finalmente emitieron su resolución.
La medida cautelar interpuesta por Clarín frena la plena aplicación del artículo 161 de la norma, que obliga a los licenciatarios a desprenderse de las que excedan el cupo de 24 permitido en cable y las 10 en canales de aire.
Tras el rechazo al per saltum, la decisión queda en manos del juez de primera instancia, Horacio Alfonso, que tiene plazo hasta el 20 de enero para dictar una sentencia sobre la constitucionalidad o no del artículo 161 de la Ley, aunque lo haría antes de fin de año, según adelantó el portal Infonews.
Hoy el máximo tribunal ratificó la orden ya emitida al juez Alfonso para que dicte una «sentencia definitiva de inmediato».
El jueves pasado, a horas del 7D que había fijado la propia Corte, la Cámara Civil y Comercial Federal extendió el amparo que beneficia al grupo monopólico, el único que aún se niega a cumplir con la Ley de Medios de la Democracia, aprobada en octubre de 2009 por el Congreso de la Nación.