El gobierno bonaerense promulgó hoy la norma que eliminó las excepciones de las que gozaban bingos y restaurantes bonaerenses desde 2008, cuando se sancionó la ley antitabaco. La medida se adoptó a través del decreto 906 publicado hoy en el Boletín Oficial que promulga la ley 14.381 que prohíbe el consumo de tabaco “en todos los espacios cerrados dependientes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Organismos de la Constitución, Entes Descentralizados y Autárquicos, tengan o no atención al público”. La norma adopta la misma medida para los medios de transporte de pasajeros cualquiera sea su tipo y distancia, en tanto permanezcan y circulen en jurisdicción provincial, como así también en los espacios cerrados de acceso al público del ámbito privado “para el total resguardo de la salud del tercero no fumador”. La ley fue publicada hoy luego de que la Legislatura provincial sancionara un proyecto que fusionó iniciativas de los diputados Juan de Jesús y José Ottavis por el oficialismo, Marcelo Díaz por el FAP y Walter Martello por la Coalición Cívica y que eliminó las excepciones de las que gozaban las salas de juego. Puntualmente, eliminó un inciso del artículo 7 de la ley 13.894 que permitía fumar en salas de entretenimientos con superficies mayores a 400 metros cuadrados y la habilitación de un sector para fumadores, no mayor al 30% del local, con ventilación y separado del resto, en los locales gastronómicos. El titular de la bancada de diputados del FPV, Juan De Jesús, explicó que la eliminación de fumar en salas de juego “fue una modificación en la que trabajamos durante mucho tiempo para sacar lo que era permisivo de la ley antitabaco sancionada en el 2008”. “La idea es mejorar la calidad de vida y hábitos saludables de las personas que habitan la Provincia de Buenos Aires y si bien la ley anterior fue una buena iniciativa, demostró en su puesta en práctica que las excepciones no fueron beneficiosas para la salud de los habitué a esos lugares de entretenimiento”, graficó. La nueva norma establece que quedan exceptuados de la prohibición “los patios, terrazas, balcones y demás espacios al aire libre de los lugares cerrados de acceso al público; los clubes para fumadores, para personas mayores de 18 años y tabaquerías con áreas especiales para degustación y los centros de salud mental y centros de detención de naturaleza penal y/o contravencional”. Prevé también que se implementarán “programas de prevención integral y asistencia, destinados a las personas que consuman tabaco a fin de recuperarse de su adicción”, poniendo especial énfasis “en el peligro que significa el tabaquismo tanto para la mujer embarazada y la madre lactante, como para la salud de su hijo”. Además, fija que la prohibición de fumar tiene como objetivos “proteger la salud de todos y cada uno de los habitantes de la provincia de Buenos Aires a los fines de la prevención, asistencia y bienestar comunitario, relacionados con la morbimortalidad como consecuencia del consumo de tabaco y sus derivados”.