En su resolución de 337 carillas, el magistrado dejó «expresa mención» que los hechos que se atribuyen a los represores «resultan ser delitos de lesa humanidad y configurativos de genocidio, sancionados por la `Convención para la Prevención y la Sanción del delito de Genocidio`, ratificada ésta por Argentina». La medida alcanzó a los ex oficiales navales y de Prefectura Sergio Leonardo Aráoz de Lamadrid, Guillermo Félix Botto, Félix Ovidio Cornelli, Enrique De León, José Abdala Figueroa, Eduardo Rene Fracassi, Manuel Jacinto García Tallada, Eduardo Morris Girling, Carlos Enrique Lacoste y Héctor Francisco Lobbosco. La nómina también incluye a Alejandro Carlos Lorenzini, Carlos Alberto Louge, Hugo Andrés José Mac Gaul, Francisco Manuel Martínez Loydi, Domingo Ramón Negrete, Edmundo Oscar de la Núñez, Carlos Alberto Padula, Hernán Lorenzo Payba, Arturo María Quintana, José Luis Ripa, Emilio José Schaller, Miguel Angel Torrá, Antonio Vañek y Ricardo César Araujo. Por el diferente grado de responsabilidad en los hechos y la cantidad de delitos imputados a cada represor, el magistrado trabó millonarios embargos que llegan hasta los 33.500.000 pesos, como ocurrió en el caso del contraalmirante Aráoz de Lamadrid, o los 29.000.000 pesos al capitán de fragata Schaeller. En su extensa resolución, el juez explicó que «resulta acreditada la estructura jerárquica de las fuerzas represivas investigadas en esta causa así como la distribución de funciones entre la Armada Argentina y las fuerzas subordinadas a los efectos de la `lucha contra la subversión`».